PATENTES COMERCIALES Y RENTAS VARIAS

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  • Ningún      establecimiento comercial puede funcionar si no tiene su patente      municipal. Como marco general, consulte la Ley       de Rentas Municipales, Decreto Ley (DL) 3.063
  • Es importante que      antes de arrendar o comprar un local para realizar una actividad      comercial, se informe acerca del Plan Regulador Comunal, el cual determina      si una actividad es compatible o no con la zona en que se pretende llevar      a cabo dicha actividad. Puede informarse sobre ello en la Dirección de Obras      Municipales, Av. Ignacio Carrera Pinto Nº1251 Romeral.
  • Las consultas sobre      Patentes Comerciales y Otros Permisos para Ejercer alguna actividad      económica, se realizan en el Departamento de Rentas: Ignacio Carrera Pinto      Nº1213 Romeral, de 08:30 a 16:00 horas. Teléfonos 2544228, Correo      electrónico: rentas@muniromeral.cl

CÓMO OBTENER UNA PATENTE

Para iniciar el trámite de obtención de una patente comercial debe concurrir al Dpto. de Rentas del Municipio (Carrera Pinto 1213, de 08:30 a 16:00 horas) donde se le proporcionará un formulario de solicitud, el cual debe completar y devolver posteriormente junto a los siguientes documentos:

  • Vº Bº Señor Alcalde
  • Vº Bª Director de Obras Municipales
  • Fotocopia de RUT de      la empresa y de cédula de identidad del Representante Legal (sólo C.I.      solo si es persona natural).
  • Fotocopia simple de      iniciación de actividades (si es primera patente), o de cambio de      domicilio tributario o de apertura de sucursal en Romeral (SII).
  • Certificado de      distribución de capital (si abre sucursal en Romeral o se está cambiando      desde otra comuna).
  • Certificado de No      Deuda (si se está cambiando desde otra comuna)
  • Contrato de arriendo      o autorización de uso legalizados. Si es propietario, fotocopia de recibo      de contribuciones, Luz, Agua o copia escritura.
  • Fotocopia legalizada      de escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones si esta      las tiene.
  • Resolución sanitaria      SEREMI Salud (alimentos).
  • Resolución SEREMI SALUD (Laboratorios,      Centros Médicos, de Salud, Casas de Reposo, etc.)
  • Certificado de      Calificación de Actividad Inofensiva SEREMI Salud (Industrias, Talleres y      Bodegas)
  • Inscripción en el      servicio agrícola y ganadero SAG (alcoholes, mascotas y alimento mascotas)
  • La actividad debe      realizarse en una ubicación permitida y en un inmueble que cuente con      Recepción Final y Destino Comercial (consultar en Dirección de Obras      Municipales)

 

PATENTES DE ALCOHOLES

  • Certificado de      Antecedentes personales otorgado por el Registro Civil, de todos los      socios y representante legal o Individual.
  • Declaración Jurada:      no encontrarse afecto a las inhabilidades señaladas en el artículo 4º de      la ley 19925 sobre alcoholes, todos los socios y representante legal o      Individual.
  • Las patentes de      Alcoholes deben contar con Acuerdo del Concejo Municipal. Para evitar      inversiones antes de la autorización, la solicitud se presenta con los      antecedentes básicos: fotocopia Rut del solicitante particular o empresa y      representante legal, certificados de antecedentes, declaraciones juradas,      escritura constitución y modificaciones, compromiso de arriendo o      acreditación de domicilio si es propietario. Con estos antecedentes el      Departamento de Rentas solicita internamente un Preacuerdo al Concejo      Municipal.
  • Para este tipo de      Patentes, la ley exige al Municipio solicitar la opinión de la Junta de Vecinos,      trámite que también se realiza internamente.
  • Para Cambio de Nombre se debe presentar además el      Contrato de Compraventa, Certificado de Antecedentes, Declaración Jurada      no Afecto a Penas Aflictivas y Certificado de no haber sido clausurado      extendido por el Juzgado de Policía Local correspondiente.

PATENTES PROFESIONALES:

  • Presentar Título Profesional legalizado o Certificado de Título Legalizado, Iniciación de Actividades ante el SII (o cambio de domicilio tributario a Romeral), Contrato de Arriendo si no es Propietario, solo si es Oficina y Certificado de Residencia. En este caso el valor es único: ½ UTM semestral (Julio y Enero de cada año). En caso de tener oficina se debe cancelar además derechos de aseo.

MICROEMPRESARIOS:

  • Para personas que      necesiten desarrollar una actividad comercial en su vivienda existe la      posibilidad de acogerse a la Ley de Microempresarios. La actividad no      debe ser contaminante, molesta ni peligrosa y se desarrolla en la      casa-habitación familiar.
  • Para informarse con      mayor detalle acerca de esta posibilidad, o para iniciar el trámite, debe      acercarse a la Oficina      de Fomento Productivo del Municipio, ubicada en Av. O’higgins Nº128      Romeral.

 

¿CUÁNTO VALE LA PATENTE?

  • El valor anual de una patente en Romeral      corresponde al 5 por mil del Capital Propio declarado por la empresa.
  • El valor mínimo es      de 1 UTM anual, aplicable cuando el capital es igual o menor a 200 UTM.
  • También debe      considerarse el valor del Aseo Domiciliario (alrededor de ½ UTM semestral)      y de la Propaganda      (salvo si se refiere al giro y se encuentra adosada al inmueble; valor      variable según m2 y tipo de calle, detalle en la Ordenanza Nº 228).
  • Los establecimientos      que expenden alcohol cancelan además una patente semestral específica      según tipo de establecimiento, cuyo valor se encuentra estipulado en la Ley 19.925 sobre Alcoholes y Cartel Ley de      Alcoholes, la que se adquiere en el mismo Municipio.
  • Recuerde que puede      cancelar en efectivo o cheque en Tesorería Municipal. También puede      cancelar a través del Portal Internet, www.muniromeral.cl, y      con tarjetas de crédito.

¿CUÁNTO DEMORO EN OBTENER LA PATENTE?

  • Una vez entregados todos los antecedentes exigidos y verificado el cumplimiento de los requisitos sanitarios se confecciona Decreto Exento que otorga la Patente en un plazo no superior a 10 días hábiles. Este plazo es mayor en el caso de patentes de alcoholes pues se agregan trámites en el Concejo Municipal; o si se trata de actividades que puedan ser molestas o peligrosas, las que requieren informe previo de la Dirección de Obras Municipales.

NOTAS IMPORTANTES

  • La patente municipal      es un impuesto anual, es decir, da derecho a ejercer la actividad durante      12 meses (año tributario de patente: desde el 01 de Julio de un año al 30      de Junio del año siguiente).
  • Al momento de pagar      una patente se debe exhibir el RUT de la empresa o del titular. Esto rige      especialmente tratándose de patentes Industriales, Comerciales, Profesionales,      Alcoholes y vía pública (ferias, kioskos y ambulantes) para evitar un mal      uso de las patentes otorgadas. Solo      puede cancelar un tercero,      previa presentación de poder      legalizado o Cédula de      Identidad/RUT del Títular.
  • Al cerrar un negocio      se debe solicitar la anulación de la patente. Si se tratara de un cierre      por cambio de comuna se debe presentar el Cambio de Domicilio tributario y      se cancela solo la cuota correspondiente al semestre en curso. En la nueva      comuna se debe presentar un Certificado de No Deuda y cancelar a partir del semestre siguiente.
  • Aquellas empresas      que tengan sucursales con Casa      Matriz en Romeral, deberán presentar un Certificado de Distribución de Trabajadores por sucursal, durante el mes de Mayo. Ello junto      a la información de Capital Propio que envía el SII permite calcular el      valor de la patente a pagar.