- Ningún establecimiento comercial puede funcionar si no tiene su patente municipal. Como marco general, consulte la Ley de Rentas Municipales, Decreto Ley (DL) 3.063
- Es importante que antes de arrendar o comprar un local para realizar una actividad comercial, se informe acerca del Plan Regulador Comunal, el cual determina si una actividad es compatible o no con la zona en que se pretende llevar a cabo dicha actividad. Puede informarse sobre ello en la Dirección de Obras Municipales, Av. Ignacio Carrera Pinto Nº1251 Romeral.
- Las consultas sobre Patentes Comerciales y Otros Permisos para Ejercer alguna actividad económica, se realizan en el Departamento de Rentas: Ignacio Carrera Pinto Nº1213 Romeral, de 08:30 a 16:00 horas. Teléfonos 2544228, Correo electrónico: rentas@muniromeral.cl
CÓMO OBTENER UNA PATENTE
Para iniciar el trámite de obtención de una patente comercial debe concurrir al Dpto. de Rentas del Municipio (Carrera Pinto 1213, de 08:30 a 16:00 horas) donde se le proporcionará un formulario de solicitud, el cual debe completar y devolver posteriormente junto a los siguientes documentos:
- Vº Bº Señor Alcalde
- Vº Bª Director de Obras Municipales
- Fotocopia de RUT de la empresa y de cédula de identidad del Representante Legal (sólo C.I. solo si es persona natural).
- Fotocopia simple de iniciación de actividades (si es primera patente), o de cambio de domicilio tributario o de apertura de sucursal en Romeral (SII).
- Certificado de distribución de capital (si abre sucursal en Romeral o se está cambiando desde otra comuna).
- Certificado de No Deuda (si se está cambiando desde otra comuna)
- Contrato de arriendo o autorización de uso legalizados. Si es propietario, fotocopia de recibo de contribuciones, Luz, Agua o copia escritura.
- Fotocopia legalizada de escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones si esta las tiene.
- Resolución sanitaria SEREMI Salud (alimentos).
- Resolución SEREMI SALUD (Laboratorios, Centros Médicos, de Salud, Casas de Reposo, etc.)
- Certificado de Calificación de Actividad Inofensiva SEREMI Salud (Industrias, Talleres y Bodegas)
- Inscripción en el servicio agrícola y ganadero SAG (alcoholes, mascotas y alimento mascotas)
- La actividad debe realizarse en una ubicación permitida y en un inmueble que cuente con Recepción Final y Destino Comercial (consultar en Dirección de Obras Municipales)
PATENTES DE ALCOHOLES
- Certificado de Antecedentes personales otorgado por el Registro Civil, de todos los socios y representante legal o Individual.
- Declaración Jurada: no encontrarse afecto a las inhabilidades señaladas en el artículo 4º de la ley 19925 sobre alcoholes, todos los socios y representante legal o Individual.
- Las patentes de Alcoholes deben contar con Acuerdo del Concejo Municipal. Para evitar inversiones antes de la autorización, la solicitud se presenta con los antecedentes básicos: fotocopia Rut del solicitante particular o empresa y representante legal, certificados de antecedentes, declaraciones juradas, escritura constitución y modificaciones, compromiso de arriendo o acreditación de domicilio si es propietario. Con estos antecedentes el Departamento de Rentas solicita internamente un Preacuerdo al Concejo Municipal.
- Para este tipo de Patentes, la ley exige al Municipio solicitar la opinión de la Junta de Vecinos, trámite que también se realiza internamente.
- Para Cambio de Nombre se debe presentar además el Contrato de Compraventa, Certificado de Antecedentes, Declaración Jurada no Afecto a Penas Aflictivas y Certificado de no haber sido clausurado extendido por el Juzgado de Policía Local correspondiente.
PATENTES PROFESIONALES:
- Presentar Título Profesional legalizado o Certificado de Título Legalizado, Iniciación de Actividades ante el SII (o cambio de domicilio tributario a Romeral), Contrato de Arriendo si no es Propietario, solo si es Oficina y Certificado de Residencia. En este caso el valor es único: ½ UTM semestral (Julio y Enero de cada año). En caso de tener oficina se debe cancelar además derechos de aseo.
MICROEMPRESARIOS:
- Para personas que necesiten desarrollar una actividad comercial en su vivienda existe la posibilidad de acogerse a la Ley de Microempresarios. La actividad no debe ser contaminante, molesta ni peligrosa y se desarrolla en la casa-habitación familiar.
- Para informarse con mayor detalle acerca de esta posibilidad, o para iniciar el trámite, debe acercarse a la Oficina de Fomento Productivo del Municipio, ubicada en Av. O’higgins Nº128 Romeral.
¿CUÁNTO VALE LA PATENTE?
- El valor anual de una patente en Romeral corresponde al 5 por mil del Capital Propio declarado por la empresa.
- El valor mínimo es de 1 UTM anual, aplicable cuando el capital es igual o menor a 200 UTM.
- También debe considerarse el valor del Aseo Domiciliario (alrededor de ½ UTM semestral) y de la Propaganda (salvo si se refiere al giro y se encuentra adosada al inmueble; valor variable según m2 y tipo de calle, detalle en la Ordenanza Nº 228).
- Los establecimientos que expenden alcohol cancelan además una patente semestral específica según tipo de establecimiento, cuyo valor se encuentra estipulado en la Ley 19.925 sobre Alcoholes y Cartel Ley de Alcoholes, la que se adquiere en el mismo Municipio.
- Recuerde que puede cancelar en efectivo o cheque en Tesorería Municipal. También puede cancelar a través del Portal Internet, www.muniromeral.cl, y con tarjetas de crédito.
¿CUÁNTO DEMORO EN OBTENER LA PATENTE?
- Una vez entregados todos los antecedentes exigidos y verificado el cumplimiento de los requisitos sanitarios se confecciona Decreto Exento que otorga la Patente en un plazo no superior a 10 días hábiles. Este plazo es mayor en el caso de patentes de alcoholes pues se agregan trámites en el Concejo Municipal; o si se trata de actividades que puedan ser molestas o peligrosas, las que requieren informe previo de la Dirección de Obras Municipales.
NOTAS IMPORTANTES
- La patente municipal es un impuesto anual, es decir, da derecho a ejercer la actividad durante 12 meses (año tributario de patente: desde el 01 de Julio de un año al 30 de Junio del año siguiente).
- Al momento de pagar una patente se debe exhibir el RUT de la empresa o del titular. Esto rige especialmente tratándose de patentes Industriales, Comerciales, Profesionales, Alcoholes y vía pública (ferias, kioskos y ambulantes) para evitar un mal uso de las patentes otorgadas. Solo puede cancelar un tercero, previa presentación de poder legalizado o Cédula de Identidad/RUT del Títular.
- Al cerrar un negocio se debe solicitar la anulación de la patente. Si se tratara de un cierre por cambio de comuna se debe presentar el Cambio de Domicilio tributario y se cancela solo la cuota correspondiente al semestre en curso. En la nueva comuna se debe presentar un Certificado de No Deuda y cancelar a partir del semestre siguiente.
- Aquellas empresas que tengan sucursales con Casa Matriz en Romeral, deberán presentar un Certificado de Distribución de Trabajadores por sucursal, durante el mes de Mayo. Ello junto a la información de Capital Propio que envía el SII permite calcular el valor de la patente a pagar.